Decreto 1058/2017
Se otorga un subsidio extraordinario, por única
vez, destinado a los beneficiarios y bajo las condiciones que se mencionan a
continuación:
- $ 750 para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino
(SIPA) que hayan cumplido los requisitos de años de aportes y edad para acceder
al beneficio, y cuyos haberes devengados al mes de marzo de 2018 sean
inferiores a $ 10.000;
- $ 375 para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino
(SIPA) que hayan accedido al beneficio a través de moratorias y cuyos haberes
devengados al mes de marzo de 2018 sean inferiores a $ 10.000, como así también
para los beneficiarios de la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM) y
pensiones no contributivas; y
- $ 400 para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo para
Protección Social (AUHPS).
El pago de este subsidio será abonado en el mes de marzo de 2018 y no será
susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.